Las tablas B.1 y B.2 permiten obtener la zona climática (Z.C.) de una localidad en función de su capital de provincia y su altitud respecto al nivel del mar (h). Para cada provincia, se tomará el clima correspondiente a la condición con la menor cota de comparación.
El recientemente aprobado Documento Básico DB-HE Ahorro de Energía del Código Técnico de la Edificación, pone de manifiesto que diseñar la envolvente con el espesor óptimo de aislamiento es la estrategia de mayor beneficio y menor coste. Esta conclusión se deriva de los nuevos espesores de aislamiento que se obtienen del Apéndice E del DB-HE1 «Limitación de la demanda energética».
Dicho Apéndice E contiene los «Valores orientativos de los parámetros característicos de la envolvente térmica» y aporta valores para el predimensionado de soluciones constructivas en uso residencial en función de la zona climática.
Estos espesores son meramente orientativos ya que podrán reducirse o incrementarse en función del diseño del edificio, orientación, grado de permeabilidad al aire de los cerramientos acristalados, material aislante, etc. Para el cálculo se ha utilizado la conductividad del Poliestireno Extruido.
La utilización de los espesores indicados no garantiza el cumplimiento de la exigencia, para lo que habrá que utilizar los programas que se determinen, pero debería conducir a soluciones próximas a su cumplimiento, lo que representa una gran ayuda para el prescriptor.
El notable incremento de los espesores, que puede aproximarse al doble, reconoce al aislamiento como el elemento fundamental sobre el que diseñar cualquier política de ahorro de energía en los edificios y para cumplir con los compromisos derivados de las diferentes Directivas Europeas en esta materia.
En las obras de reforma en que se modifique más de un 25% de la superficie de la envolvente final del edificio y en las destinadas a un cambio de uso característico del edificio se limitará la demanda energética conjunta del edificio de manera que sea inferior a la del edificio de referencia. Es decir, se cumplirán los parámetros característicos del Apéndice D.